La Ley Orgánica de Educación, arbitrariamente sancionada por la Asamblea Nacional y groseramente promulgada por Hugo R. Chávez F., está llena de inmensos vacíos que pretenden ser rellenados con leyes especiales, reglamentos, normativas, resoluciones o instructivos del ministro de Educación o del Parlamento; lo que significa conceder a tales delegatarios una grosera discrecionalidad que derivará, a no dudar, en una perversa arbitrariedad.
Ya lo hemos dicho antes; cualquier sociedad humana, independientemente del grado de civilización en que se encuentre, necesita un orden determinado. Este orden no es arbitrario ni casual, sino el fruto de la observancia de aquellas normas jurídicas que a los efectos de organizar la vida en sociedad se crean. La legalidad es el requisito de observar ese determinado orden, ese sistema de normas jurídicas, todo lo cual asegura una conducta adecuada de los ciudadanos y evita las acciones arbitrarias. El rasgo que mejor tipifica al Estado de Derecho es la sujeción de todos sus actos a la ley, asegurándose así, el imperio de ésta. Significa la supremacía absoluta o predominio de la ley, opuesto a la influencia del poder arbitrario y excluye la existencia de lo injusto. El imperio de la ley se opone a todos los sistemas de gobierno dirigidos por personas investidas de poderes amplios, arbitrarios o discrecionales. El principio fundamental está basado en que son las leyes y no los hombres los que gobiernan. Por el contrario, la arbitrariedad se caracteriza por patentizar el capricho de quien ostenta el poder, en determinados casos. Lo arbitrario está en contra del principio constitucional de seguridad jurídica, puesto que el ciudadano se ve imposibilitado de actuar libremente por el temor a ser sancionado por el simple capricho o antojo de la autoridad.
Tal es el caso de la nefasta Ley Orgánica de Educación que da una amplia discrecionalidad normativa para rellenar, libre y arbitrariamente, con leyes especiales, reglamentos, resoluciones, instructivos, normativas, etcétera, los grandes vacíos que ésta contiene, así: ley para la idoneidad académica de los profesionales de la docencia; ley para las diferentes organizaciones sociales y comunitarias en el funcionamiento y gestión del sistema educativo; ley para regular la propaganda en defensa de la salud mental y física de la población; reglamento para la práctica de actividades comunitarias de los estudiantes; ley para regular la actuación de los integrantes de la comunidad educativa en el proceso de educación ciudadana; ley especial del subsistema de educación básica que regulará lo relativo a su duración, requisitos, certificados y títulos; ley especial del subsistema de educación universitaria que regulará lo relativo a su duración, requisitos, certificados y títulos; ley especial para la educación intercultural bilingüe; ley especial sobre financiamiento del subsistema de educación universitaria; ley especial sobre el ingreso de estudiantes a las universidades; ley especial sobre la creación intelectual y los programas de postgrado universitarios; ley especial sobre evaluación y acreditación de los miembros de la comunidad universitaria; ley especial sobre el ingreso y permanencia de docentes universitarios; ley especial sobre la carrera académica en las universidades; ley especial de tipificación y procedimientos disciplinarios a docentes universitarios; ley especial sobre oferta de algunas carreras reservadas al Estado; ley especial sobre formación de los docentes del sistema educativo; ley especial que regulará la carrera docente y la docencia en los pueblos indígenas; ley especial sobre la estabilidad de los docentes del sector oficial o privado en el ejercicio de sus funciones profesionales; etc.
Me parece estar escuchando al ministro Navarro gritar, en garantía del "orden cerrado educativo" y para alcanzar el socialismo del siglo XXI, con voz de mando a todos los padres, madres, representantes, maestros, profesores y estudiantes: Atención...firr, y luego, ¡A discreción!
Tomado de El Universal
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