lunes, 14 de junio de 2010

El Nacional (editorial). "El Zar de la censura" 14/06/2010


El pasado primero de junio los venezolanos fueron sorprendidos con la publicación en la Gaceta Oficial del decreto presidencial número 7454, mediante el cual se ordenó la creación del Cesna ­Centro de Estudio Situacional de la Nación­. ¿Qué pretende el Gobierno con este flamante centro situacional al cual, de entrada, se le adjudican funciones que vulneran varios artículos de la Constitución Nacional, así como del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos? Desde luego que, viniendo del Palacio de Miraflores, nada bueno para la democracia debe tener este Cesna. En efecto, el decreto que lo crea le da a este organismo las atribuciones de regular, clasificar y darle carácter de reservada a ciertas informaciones, sean de carácter público o privadas. Valga decir, se concibe oficialmente un centro bolivariano para censurar la información, y se olvida que ésta es un derecho que, aun en estados de excepción, debe ser respetado.

La redacción ambigua, subjetiva y malintencionada del decreto le otorga al presidente del Cesna la facultad de declarar el carácter de "reservada, clasificada o de divulgación limitada" a cualquier información, hecho o circunstancia que, en cumplimiento de sus funciones, tenga conocimiento o sea tramitada en dicho centro. En suma, este alto funcionario será una especie de "zar de la censura" roja-rojita.

Conforme a lo establecido en el artículo 325 de la Constitución, esta facultad tiene que ser regulada por una ley y no por un decreto, y sólo puede concretarse cuando los asuntos guarden relación directa con la planificación y ejecución de operaciones concernientes a la seguridad de la nación. El régimen está en falta porque aún no ha dictado la ley de clasificación y desclasificación de documentos.

El modo tramposo como se establecen las funciones del Cesna en el artículo 5 del decreto, abre la posibilidad cierta de que los ciudadanos, y los propios funcionarios públicos sean obligados a declarar sin garantías procesales ante este organismo, que a partir de esta fecha "recopilará, procesará y analizará informaciones de interés del Ejecutivo nacional". O sea, todo lo que al Gobierno le dé su real gana.

Además, a los particulares y funcionarios públicos podrían aplicárseles los artículos 54 y 55 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, que establece penas de prisión hasta de seis años para particulares y diez años para los funcionarios del Estado "que no cooperen".

Es deplorable y condenable la aprobación de esta normativa contraria a los derechos humanos y al funcionamiento de la democracia. Está claro que a través de este centro se continuará criminalizando la protesta y la crítica en Venezuela. Organismos similares sólo existen en Cuba, Irán y Corea del Norte. Es poco probable, amigo lector, que cuando el Cesna esté en pleno funcionamiento pueda usted leer un editorial como éste.

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